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El Pleno aprueba la mayor rebaja fiscal posible para la ‘Plusvalía’ cuando la transmisión se produzca por herencia y sea de vivienda o local afecto a un negocio
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El Pleno aprueba la mayor rebaja fiscal posible para la ‘Plusvalía’ cuando la transmisión se produzca por herencia y sea de vivienda o local afecto a un negocio

jueves 24 de febrero de 2022, 20:13h

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El Pleno del Ayuntamiento de Albacete ha aprobado aplicar una bonificación del 95% en el Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana, más conocido como Plusvalía, cuando la transmisión del bien inmueble se produzca por causa de muerte y se trate de la vivienda habitual y de los locales afectos a la actividad económica ejercida por el fallecido, siempre y cuando se trate de una herencia a familiares en primer grado o en segundo grado si es que no hay familiares de primero.

De esta forma, en estas herencias, quienes reciban la vivienda habitual o el local del negocio que ejerciese el fallecido, solo abonarán el 5% de la Plusvalía, cuando hasta ahora la bonificación era tan solo del 60% y, por tanto, debían pagar el 40% del tributo.

El aumento de esta bonificación, llevándola al máximo legal posible, ha sido introducida aprovechando la modificación de la Ordenanza Fiscal que ha tramitado el Ayuntamiento de Albacete para adecuar este impuesto al nuevo marco legal, surgido a raíz de la sentencia del Tribunal Constitucional que declaró nulos varios artículos sobre el cálculo de la base imponible.

Esta modificación se tramita dentro del plazo de seis meses que concedió a los ayuntamientos el Ministerio de Hacienda y recoge un doble mecanismo para el cálculo de la base imponible, de tal forma que pueda reflejar la realidad del mercado inmobiliario.

En concreto, el contribuyente podrá optar porque la base imposible para el cálculo del impuesto se realice por un sistema objetivo, como hasta ahora; o bien se realice mediante un sistema de estimación directa, calculando el incremento el valor del suelo del bien que sea objeto de transmisión.

La concejala de Economía y Hacienda, María José López, ha subrayado que con esta modificación el contribuyente podrá optar por aquel sistema de cálculo que le resulte más ventajoso y, además, se introducen cambios importantes, pues se contempla que en caso de que no haya habido incremento del valor de los terrenos, el contribuyente no tendrá que tributar.

El tipo de gravamen a aplicar sobre la base imponible se ha fijado en el 29,4%.

Esta modificación de la Ordenanza Fiscal ha sido aprobada por los grupos municipales de PSOE, Ciudadanos y Unidas Podemos. La concejala de Hacienda ha reprochado al PP que ahora se posicione en contra de esta rebaja fiscal, “si ahora le parece insuficiente, en este Equipo de Gobierno nos preguntamos porque en los ocho años que gobernaron, ¿por qué no lo bajaron?, nosotros, poco o mucho, hemos introducido esta rebaja del impuesto en los supuestos de mortis causa, la ciudadanía tendrá que pagar menos impuestos en estos momentos en los que están afectivamente más sensibles”.

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