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Tribunales.- El jurado declara culpable de asesinato a la madre acusada de matar a su bebé en Albacete
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Tribunales.- El jurado declara culpable de asesinato a la madre acusada de matar a su bebé en Albacete

miércoles 16 de noviembre de 2022, 19:10h

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El jurado popular ha declarado este miércoles --por unanimidad-- culpable de asesinato a M.M.C., la acusada de matar a su bebé al que intentó abortar y que, tras alumbrar, embolsó y ocultó en una caja de cartón en el almacén del bar donde trabajaba en Albacete.

Tras leer el veredicto este miércoles, el jurado ha considerado probado por unanimidad que M.M.C causó a propósito la muerte de su hijo recién nacido, que la acusada tenía conservadas sus facultades intelictivas y volitivas, de tal manera que conocía la ilicitud de sus actos.

El Ministerio Fiscal, tras el veredicto, ha mantenido su petición de prisión permanente revisable para la acusada; mientras que la defensa ha pedido tener en cuenta la falta de unanimidad en algunas premisas, y ha reclamado dejar la pena en 12 años y medio de cárcel.

Por unanimidad, ha quedado probado que la finalidad de la acusada fue la de dar muerte a su bebé, cortando el cordón umbilical sin anudarlo, introduciéndolo en una bolsa de basura y dejándolo sin oxígeno.

Con todo, la acusada es culpable de haber causado la muerte a propósito al bebé por unanimidad del jurado, ya que se considera probado que el niño nació vivo y que la madre "tuvo conductas que condujeron a la muerte" del mismo, entre ellas, negar el nacimiento al personal sanitario que la atendió.

El jurado da por cierto que la acusada ocultó la existencia del bebé "impidiendo la asistencia médica que salvara su vida" con "persistencia negativa" de haber dado a luz al llegar al hospital.

NO HABÍA SHOCK. El tribunal ha entendido además que la vivencia original no es consecuencia de un trastorno o conmoción; que el carácter impactante de la hemorragia vaginal y la situación de salud no conllevaba alteración de la percepción de lo que estaba ocurriendo; o que la acusada no tenía un shock emocional que le privara de entender la sucesión de hechos.

La postura del tribunal también considera que el consumo de drogas no fue determinante para confundir el hecho de que había dado a luz. Las facultades, por tanto, "no estaban anuladas" a juicio del jurado, ni siquiera "levemente".

"No las tenía afectadas en modo alguno, siendo capaz de entender lo que ocurría", indica el veredicto por ocho votos a favor. "No hay disociación que provoque no entender lo sucedido".

De igual modo, el tribunal avala que actuando con la intención de no llevar a término el embarazo --como había ocurrido en tres ocasiones anteriores en las que había acudido a una clínica privada para que le practicaran un aborto--, trató de conseguir ayuda económica para volver a abortar.

Al no conseguirlo, también dan por probado que ingirió una sustancia abortiva llamada misoprostol, si bien tampoco consiguió abortar como era su propósito, pero su consumo sí produjo que el parto se adelantara.

El Ministerio Fiscal, tras oír el veredicto, se ha pronunciado sobre la suspensión de la condena, oponiéndose a esta, puesto que, según dicta el Código Penal, excede "con mucho" los dos años de prisión, requisito indispensable para barajar esta posibilidad.

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