www.albacetediario.es
El Ayuntamiento convoca ayudas por un importe de 60.000 euros para el transporte de usuarios de centros de empleo para personas con discapacidad

El Ayuntamiento convoca ayudas por un importe de 60.000 euros para el transporte de usuarios de centros de empleo para personas con discapacidad

Por B.L.
jueves 07 de septiembre de 2023, 14:18h

google+

linkedin

Comentar

Imprimir

Enviar

La Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento ha aprobado una convocatoria de ayudas para el servicio de transporte que sea realizado por entidades sin ánimo de lucro, con el fin de trasladar a sus asociados o trabajadores a los centros ocupacionales, de formación o empleo.

Se pretende de esta forma, según el concejal de Movilidad Francisco Navarro, “colaborar en la integración, inclusión y acceso al empleo de las personas con discapacidad, mejorando a la vez sus opciones de acceder al mercado laboral”.

Podrán ser beneficiarias las asociaciones y entidades sin ánimo de lucro, que tengan entre sus fines el desarrollo, formación e integración de las personas con discapacidad, y que hayan sido declaradas de utilidad pública y de reconocido interés social, con implantación en el municipio de Albacete. Deberán disponer de un centro Ocupacional de inserción o formación profesional que contribuya a la integración social, laboral y económica de sus usuarios, y haber organizado el transporte colectivo a sus centros ocupacionales, formación o trabajo, en los últimos dos años, realizando diariamente el traslado de más de 20 usuarios a sus instalaciones.

En total se concederán ayudas por un importe global de 60.000 euros, a repartir entre el número de candidatos que cumplan los requisitos. En todo caso, el importe de cada subvención será como máximo el 50 % de la cantidad total designada para este objeto.

El plazo máximo de presentación de solicitudes será de 20 días naturales a partir de la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia.

Esta ayuda es compatible con otras subvenciones que, para los mismos fines hayan obtenido o puedan obtener de las restantes Administraciones Públicas o cualesquiera personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, siempre que el importe global y concurrente de las mismas no supere el coste total de la acción subvencionada.

¿Te ha parecido interesante esta noticia?    Si (0)    No(0)

google+

linkedin

Comentar

Imprimir

Enviar


+
0 comentarios