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El Ayuntamiento de Albacete aprueba en el Pleno, el texto definitivo de la Ordenanza de Circulación que implanta el modelo de ‘Ciudad 30’ y regula el uso de los patinetes
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El Ayuntamiento de Albacete aprueba en el Pleno, el texto definitivo de la Ordenanza de Circulación que implanta el modelo de ‘Ciudad 30’ y regula el uso de los patinetes

jueves 27 de agosto de 2020, 15:00h

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El Pleno del Ayuntamiento de Albacete ha procedido hoy a la aprobación definitiva de la modificación de la Ordenanza de Circulación, de tal forma que una vez se publique en el Boletín Oficial de la Provincia este nuevo texto, en Albacete el límite general de velocidad en el casco urbano será de 30 kilómetros/hora y el uso de los vehículos de movilidad personal, conocidos como VMP o patinetes, estará regulado.

La aprobación definitiva se ha producido tras aceptarse la alegación presentada por Curba y por la Asociación de Usuarios de VMP para que en las aceras bici el límite de velocidad para las bicicletas y las VMP sea de 15 km/h, en lugar de 10 km/h, tal y como se había planteado inicialmente.

Tras la modificación de la Ordenanza de Circulación, los límites de velocidad quedarán de la siguiente forma:

-En los accesos a la ciudad, que carezcan de otra señalización, se pasará de un límite de velocidad máxima de 80 km/h a 60 km/h.

-En las vías de dos carriles en cada sentido, con semáforos y pasos de peatones, tales como la Circunvalación y las comprendidas en polígonos industriales, se cambia este límite de 50 km/h a 40 Km/h.

-En el resto de calles del casco urbano no señalizadas con una velocidad menor, la velocidad máxima de circulación se reduce de 40 Km/h a 30 km/h.

-En las denominadas ‘aceras-bici’, es decir, carriles bici trazados sobre las aceras, el nuevo límite es de 15 km/horas.

Con este cambio normativo, Albacete se adapta al modelo de ‘Ciudad 30’, como han hecho otras muchas ciudades europeas y españolas, un modelo con el que se busca pacificar el tráfico urbano; potenciar el uso de la bicicleta y reducir los accidentes en el casco urbano, tal y como ha expuesto en reiteradas ocasiones el concejal de Movilidad, José González.

Un estudio de la Organización Mundial de la Salud de 2011 sobre atropellos y velocidad recogía que el riesgo de fallecer como consecuencia de un atropello se reduce como mínimo en cinco veces si la velocidad del vehículo que impacta es de 30 km/h, en vez de 50 km/h.

En Albacete, el límite de velocidad máxima estaba fijado en 40 km/h, si bien en los últimos años se han ido estableciendo limitaciones más exigentes, como la reducción de este límite a 30 km/h en rutas ciclistas, vías con reductores de velocidad o vías con rasante única o en zonas residenciales o de prioridad peatonal. Esta es la razón por la que ya numerosas calles de Albacete tienen establecida en 30 km/h la velocidad máxima. Incluso las remodeladas recientemente tienen el límite en 20 km/h.

REGULACIÓN DE LOS ‘PATINETES’

La otra gran novedad de esta modificación de la Ordenanza de Circulación tiene que ver con los vehículos de movilidad personal, los conocidos como patinetes. La realidad del incremento de uso de estos vehículos ha empujado al Ayuntamiento de Albacete a regular su utilización, en base a la Instrucción que dictó la Dirección General de Tráfico (DGT).

Así, la Ordenanza de Circulación define a los VMP como vehículos de una o más ruedas, dotados de motor eléctrico, con una única plaza y propulsados únicamente por un motor eléctrico, que puede proporcionar al vehículo una velocidad máxima de entre 6 y 25 km/h.

Cuando entre en vigor el nuevo texto, estos VMP no podrán circular por aceras o zonas peatonales y sí por calzadas o carriles bici, cumpliendo con los límites de velocidad, que nunca podrá rebasar los 25 km/h.

Asimismo, la edad mínima para hacer uso de los VMP queda establecida en 15 años; para favorecer la seguridad, además, no se podrá hacer uso de dispositivos de telefonía móvil durante su conducción, sus usuarios deberán cumplir con la normativa de tasas de alcohol y drogas, contar con el alumbrado pertinente y será obligatorio el uso del casco; y la persona que se desplace a través de este medio portará la documentación del vehículo, ya sea en papel o de forma digital.

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